Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria. Plaza nº 2
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Concursal
Número: 458/2025
Auto
Fecha: 05/05/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores del concurso sin masa.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento.Acuerdo la denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho a favor de D. RAZVAN ALIN MERFU, con Nº Extranjero (NIE) X8817122A.Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y publíquese en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.De conformidad con el artículo 481.1 del TRLC, contra el auto que acuerde la conclusión del concurso no cabrá recurso alguno. Y respecto del pronunciamiento en cuanto a la exoneración del pasivo insatisfecho procede reposición en los términos y plazos previstos en la Ley.
Palmas de Gran Canaria (Las), 6 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROMAN GARCIA-VARELA IGLESIAS
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