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Documento BOE-J-2026-259880

BARCELONA. Edicto de 3 de mayo de 2026 en procedimiento concursal número 1710/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 111, de 7 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2026-259880

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 10

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549760

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1710/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto de declaración de concurso voluntario, Acreed. 1mes presentación de créditos AC

DESTINATARIOS

Concurso voluntario 1710/2025- C3N. Sr. JORGE MARTIN GUTIERREZ BAZALAR

Dirigido a los acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 10 - (Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona). Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil. Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075. TEL: 935549760

Procedimiento: Concurso voluntario 1710/2025- C3N

Parte deudora/concursada: JORGE MARTIN GUTIERREZ BAZALAR

EDICTO

Margarita Marquina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso voluntario 1710/2025-C3N

NIG: 0801947120258022765

Fecha de presentación de la solicitud: 12 de diciembre de 2025

Fecha del auto de declaración. 15 de abril de 2026.

Clase de concurso. Voluntario.

Concursado. Sr. JORGE MARTÍN GUTIÉRREZ BAZALAR, con DNI 54767732V.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

- REESTRUCTURA, SLP, quien designa al Sr. Martí Batllori Bas.

Dirección postal: Calle París 205, 4º2ª, 08008 - Barcelona

Dirección electrónica: mbatllori@acreestructura.com

Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

En Barcelona, a 24 de abril de 2026.

La Letrada de la Administración de Justicia

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.

Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.

El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.

En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.

Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Barcelona, 3 de mayo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARGARITA MARQUINA CASTELLS

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