PLAZA Nº 2 DE LA SECCION CIVIL Y DE INSTRUCCION DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: C./ EL RIEGO N.5
Localidad: ZAMORA
Código Postal: 49004
Provincia: Zamora
Teléfono: 980559401
Correo electrónico: SCT.ZAMORA@JUSTICIA.ES
Concursal
Número: 32/2012
NIG: 4927541120120005956
Acuerdo
Fecha: 15/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Edicto declara conclusion concurso
A los acreedores interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
D. Antonio Jaramillo Hernández, Letrado de la Administración del Tribunal de Instancia plaza nº de lo Mercantil de Zamora, por el presente, hago saber: En este órgano judicial se tramita SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000032 / 2012, seguido a instancias de TIROGA PRODUCTOS CÁRNICOS, con CIF B49189889, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 15/04/2026, en cuya parte dispositiva se acuerda: DECLARAR CONCLUIDO el concurso de TIROGA PORDUCTOS CARNICOS SL - APROBAR las cuentas rendidas por al Administración Concursal de TIROGA PORDUCTOS CARNICOS SL - NOTIFICAR la presente resolución a las partes personadas y a la Administración Concursal. - COMUNICAR a los juzgados y unidades administrativas que vieron suspendidas ejecuciones la conclusión del concurso, para que procedan al archivo definitivo por desaparición del concursado. - DECLARAR el cierre provisional de la hoja abierta a TIROGA PRODUCTOS CÁRNICOS SL en el registro público en el que figure inscrita conforme al 485 de la Ley Concursal. Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja. PUBLICAR la conclusión del concurso en el BOE, con carácter gratuito. - DECLARAR el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. - ARCHIVAR el procedimiento una vez se verifique todo lo anterior y alcance firmeza la presente resolución. En ZAMORA, a quince de abril de dos mil veintiséis. EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
ZAMORA, 27 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JARAMILLO HERNANDEZ, ANTONIO
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