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Documento BOE-J-2026-253258

PAMPLONA/IRUÑA. Edicto de 29 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 254/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - NAVARRA
Referencia:
BOE-J-2026-253258

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2

Dirección: Plaza Juez Elío (Del) S/N

Localidad: Pamplona/Iruña

Código Postal: 31011

Provincia: Navarra

Teléfono: 848426823

Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 254/2026

NIG: 3120147120260000339

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 20/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Todos los acreedores y demás personas interesadas en el concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

EL Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona/Iruña. Plaza nº 2 DE Pamplona/Iruña

A N U N C I A

Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO número 254/2026, con NIG 3120147120250000616 referente al concursado GIANNINA NATHAL MURUA IGLESIAS, con CIF nº 73459669S y domicilio en Mutilva/Mutiloa con fecha de presentación de la solicitud el 24 de marzo del 2026, a las 14:25 horas en el Servicio de Registro y Reparto de Pamplona, enviado a esta Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Pamplona, Plaza nº 2 en fecha 25 de marzo del 2026, a las 9:42 horas, por auto de fecha 20 de abril del 2026 se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por el Procurador D. Antonio Gálvez Muñoz se ha presentado solicitud de concurso de acreedores voluntario sin masa de la deudora Dª GIANNINA NATALI MURÚA IGLESIAS, con DNI: 73459669S, mayor de edad, no empresaria, domicilio en Aranguren, soltera con un hijo a su cargo

2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de D. Dª GIANNINA NATALI MURÚA IGLESIAS, con DNI: 73459669S, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección primera, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.

3. El pasivo asciende a 44.539,10€

4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.

5. Procédase a la anotación en el Registro Civil de AOIZ, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.

6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.

8. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).

Pamplona/Iruña, 29 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRANTZU EQUISOAIN AZCONA

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