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Documento BOE-J-2026-253109

GRANADA. Edicto de 29 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 980/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 109, de 5 de mayo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-253109

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 1

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 980/2025

NIG: 1808742120250029576

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso del deudor Black Panther Films S.L..

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

Natalia Samaniego Sández , Letrada de la Administración de Justicia, de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 1 , en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 Ter del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Anuncia

Que en el procedimiento: Concurso Ordinario voluntario número 980/25 , con NIG 1808742120250029576. , se ha declarado la conclusión del concurso del deudor BLACK PANTHER FILMS SL. , por auto de fecha 27 de Abril de 2026, cuya parte dispositiva dice literalmente:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Black Panther Films SL.

De conformidad a ello:

Primero: procédase a la publicación de la presente resolución, por medio de edito, en el BOE, así como en el Registro público concursal.

Segundo: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Tercero: ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a la sociedad Black Panther Films SL en el Registro Mercantil. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, con expresión de su firmeza, a tales efectos. Transcurrido un año a contar desde hoy sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja

Cuarto: se acuerda el archivo de las presentes actuaciones.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. Rafael Leonés Valverde, Magistrado titular de la Plaza Judicial n.º 1, de Patentes, Marcas y Protección Jurídica del Diseño Industrial, de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada.

Granada, 29 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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