Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arenys de Mar. Plaza nº 3
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Civil
Número: 218/2021
NIG: 0800642120218041331
Acta
Fecha: 24/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Posibles acreedores de Pedro Medina Navio, Montserrat Quevedo Fontanillas
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://seujudicial.gencat.cat/).
SE ESTIMA el recurso de reposición formulado Abogada del Estado, en representaciónde la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T), contra la contra el Auto361/2025 de 17 de junio, de conclusión de concurso, por lo que debo revocar y revoco elcontenido de la resolución recurrida y acuerdo en su lugar, en cuanto a laexoneración del pasivo insatisfecho, declarar que el beneficio concedido no alcanza atodo el pasivo no satisfecho por el concursado, de manera que, de la deuda ostentadapor don Pedro Medina Navio frente a la AEAT, el deudor queda exonerado en lacantidad de 10.000 euros, subsistiendo, no obstante, una deuda frente a la AEAT de26.512,58 euros, los cuales no resultan exonerables al amparo del art. 489.1.5º de la LeyConcursal 16/2022.
Arenys de Mar, 27 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Ana Clemente Saborit
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