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Documento BOE-J-2026-245068

VALÈNCIA. Edicto de 27 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 895/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 105, de 30 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2026-245068

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 3

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 895/2023

NIG: 4625066120230004475

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Procedimiento especial de microempresas de Conbo, S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva del auto de conclusión del procedimiento especial de microempresa:

Primero.- Se declara concluido el procedimiento especial de liquidación de la microempresa CONBO S.L, provista de CIF B46053096, por finalización de la liquidación y ulterior insuficiencia de masa.

Segundo.- Quedan sin efecto, y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas, en su caso.

Tercero.- Se ordena la cancelación registral de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figura inscrita, el de Valencia, al Tomo 3734, Libro 1046, Folio 38, Sección 8ª, Hoja V-14330, Inscripción 1ª.

Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia de Valencia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre definitivo de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, y entréguense igualmente al/la Procurador/a de los tribunales de la microempresa.

Cuarto.- Anúnciese por edictos en el tablón edictal, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor. Publíquese así mismo en el Registro Público Concursal y por edicto, en el BOE.

Notifíquese igualmente la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

URL RPC: " https://www.publicidadconcursal.es/

València, 27 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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