Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de València. Plaza nº 5
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961922186
Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es
Concursal
Número: 729/2023
Auto
Fecha: 23/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días
Acreedores de la concursada
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.PILAR IRLES MARTINEZ
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:
Que en el procedimiento número 729/2023, NIG n.º 4625066120230004076, por auto de 23/04/2026 se ha declarado en concurso voluntario al/a la deudor/a:
FRUTAS HERMANOS SALAS E HIJOS SL Cif: B96304324
Domicilio: CARRE CV 590 ROTGLA ESTUBENY KM 8,S-N-46817
Estubeny VALENCIA
Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de la mercantil FRUTAS HERMANOS SALAS E HIJOS, S.L con CIF B96304324, por insuficiencia de masa, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. En particular, se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.
Se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal.Acuerdo el cierre provisional de la hoja abierta a esta persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. En cuanto esta resolución devenga firme, el letrado de la Administración de Justicia expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.Transcurrido un año a contar desde que se hubiera ordenado por el juez el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el registrador procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (artículo 485 TRLC).
Más información disponible en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-new
València, 24 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ
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