Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Girona. Plaza nº 1
Dirección: Plaza JOSEP MARIA LIDÓN CORBÍ 1
Localidad: Girona
Código Postal: 17001
Provincia: Girona
Teléfono: 972942306
Concursal
Número: 467/2024
Auto
Fecha: 24/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días para recurso
A los que pudiese interesar la apertura de la fase de liquidación de JUAN CARLOS PENIDE GARCIA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Girona. Sección Civil, Contenciós y Social al objeto de dar la publicidad del art. 410 de la Ley Concursal (LC), hago saber que:
En el Concurso voluntario 467/2024 de JUAN CARLOS PENIDE GARCIA el día 24/04/2026 se ha dictado una resolución abriendo la fase de liquidación, la parte dispositiva de la misma es del tenor :
Declaro finalizada la fase común y acuerdo la formación de la sección quinta y la apertura de la fase de liquidación conforme a los arts. 406 y ss LC.
Durante la fase de liquidación JUAN CARLOS PENIDE GARCIA queda suspendido de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio; y es sustituido por la administración concursal con todos los efectos establecidos en los arts. 106 y ss LC.
Declaro extinguido el derecho de alimentos de la parte concursada con cargo a la masa activa, salvo cuando fuera imprescindible para atender sus necesidades, las de su cónyuge y descendientes bajo su potestad. El derecho a percibir alimentos para atender a las necesidades de la pareja de hecho solo existirá cuando la unión estuviera inscrita y el juez aprecie la existencia de pactos expresos o tácitos o de hechos concluyentes de los que se derive la inequívoca voluntad de los convivientes de formar un patrimonio común (123.1 LC).
Declaro vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones (art. 414 LC).
Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará, una vez aceptado el cargo por el administrador concursal, en el Registro Público Concursal y mediante un edicto que se insertará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y conforme a lo previsto en los arts. 35, 36 y 37 LC.
Asimismo, esta resolución se pondrá en conocimiento de la AGENCIA TRIBUTARIA, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la AGENCIA CATALANA TRIBUTARIA, a los efectos del art. 142 LC, y
Formación sección sexta: Acuerdo formar la sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con los antecedentes necesarios (art. 446 LC).
En Girona, a 24 de abril de 2026.
La Letrada de la Administración de Justicia
Girona, 27 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid