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Documento BOE-J-2026-238921

MÁLAGA. Edicto de 23 de abril de 2026 en procedimiento civil número 51/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 103, de 28 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2026-238921

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 3

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 639932975

Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 51/2025

NIG: 2906742120250003611

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 27/01/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Málaga. Plaza nº 3

C\ Fiscal Luis Portero García, s/n, 29010, Málaga, Tlfno.: , Fax: , Correo electrónico: JMercantil.3.Malaga.jus@juntadeandalucia.es

N.I.G: 2906742120250003611.

Tipo y número de procedimiento: Juicio verbal (250.2) 51/2025. Negociado: T1

Sección:

Materia: Propiedad intelectual

De: ASOCIACION DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES ENTIDAD DE GESTION DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, ARTISTAS INTERPRETES O EJECUTANTES ENTIDAD DE GESTION DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL y SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES ENTIDAD DE GESTION DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Abogado/a:

Procurador/a: MARIA ASUNCION BERMUDEZ CASTRO

Contra: VESUBIO HOSTELERIA, S.C.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose María Casasola Diaz

En Málaga, a veintisiete de enero de dos mil veintiséis.

1.- Transcurrido el plazo concedido a VESUBIO HOSTELERIA, S.C. para contestar a la demanda sin que haya comparecido en las actuaciones, se declara a dicha parte en rebeldía (artículos 438.1 y 496 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada declarada en rebeldía, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.

2.- Dese traslado a la parte demandante para que en el plazo de tres días alegue lo que tenga por conveniente sobre la pertinencia de celebrar vista.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Málaga, 23 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MARIA CASASOLA DIAZ

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