PLAZA Nº 1 DE LA SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA
Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA
Localidad: PONTEVEDRA
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 886206479
Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal
Concursal
Número: 597/2025
NIG: 3603847120250000856
Auto
Fecha: 16/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Jose Carlos Martinez Blanco
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 597 /2025, a instancia del procurador Sr. Gomez Feijoo, en nombre y representación de JOSE CARLOS MARTINEZ BLANCO, se ha dictado en fecha16/04/2026auto de conclusión del concurso y no concesión de exoneración del pasivo insatisfecho, cuya parte dispositiva dice: Se acuerda la CONCLUSIÓN del concurso sin masa de D. José Carlos Martínez Blanco, DNI 35451685Z, por falta de solicitud de nombramiento de AC.Se DENIEGA a la concursada D. José Carlos Martínez Blancola EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO solicitada, de modo que para ella la conclusión del concurso genera los efectos recogidos en el art. 484 del TRLC. Dese al presente Auto la publicidad a que se refiere el art. 482 del TRLC (a través del BOE y del Registro Público Concursal), y procédase a su notificación a las partes personadas y a todas las personas a quien se hubiese notificado el Auto de declaración de concurso. Procédase al ARCHIVO de las actuaciones. Contra este Auto NO CABE RECURSO (art. 481.1 del TRLC), salvo en lo que se refiere al pronunciamiento sobre la denegación de la exoneración del pasivo insatisfecho, contra el que cabrá RECURSO DE APELACIÓN, que deberá ser presentado en el plazo de 20 DÍAS ante la Ilma. Audiencia Provincial de Pontevedra. De acuerdo con la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las partes, para poder presentar el recurso tendrán queconsignar la cantidad de 50 EUROS en la cuenta de la propia Audiencia, abierta en el Banco Santander. Están exentos de esta obligación los titulares del derecho a la justicia gratuita.Así por este Auto lo ordena, manda y firma D. MANUEL MARQUINA ÁLVAREZ,Magistrado Titular de la Plaza 1 de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Pontevedra.
PONTEVEDRA, 17 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUITIERREZ MARTIN
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