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Documento BOE-J-2026-232028

MADRID. Edicto de 16 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 76/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 24 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-232028

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 6

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 76/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: firme

DESTINATARIOS

Acreedores de Natural Barbers 2022, S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Mª Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia y de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 6 A N U N C I A Que en el procedimiento concursal Concurso ordinario 76/2026 referente al concursado NATURAL BARBERS 2022, S.L. (B72866759), por auto de fecha 15.04.2026, se ha acordado lo siguiente: · La conclusión del presente concurso por la causa 7ª del art. 465.1 L.Co. ordenando, una vez firme la presente resolución, el ARCHIVO definitivo de las presentes actuaciones. · Con subsistencia temporal y provisional de la personalidad jurídica de la mercantil concursada, a los efectos -en su caso- de su ordenada disolución, liquidación y extinción por las normas de la Ley de Sociedades de Capital, el cierre provisional de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita. · Transcurrido un año a contar desde la firmeza de la presente Resolución ordenado el cierre de la hoja registral sin que se haya producido la reapertura del concurso, el Registro procederá a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja registral de la indicada mercantil concursada. De conformidad con lo establecido en el artículo 481.1 de la Ley Concursal contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Madrid, 16 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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