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Documento BOE-J-2026-231914

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 21 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 1071/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 24 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2026-231914

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castelló de la Plana/Castellón de la Plana. Plaza nº 1

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1071/2024

NIG: 1204047120240001104

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 16/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de Absolut Partners, SL, con CIF B12467122

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Castellón de la Plana, plaza nº1, conforme a lo previsto en el artículo 410 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC),

HAGO SABER:

Que en el procedimiento concursal CONCURSO ORDINARIO número 1071/2024, referente al deudor ABSOLUT PARTNERS, SL, con CIF B12467122 se ha dictado decreto de fecha 16 de abril de 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 296 bis del TRLC, por el que se acuerda el cierre de la FASE COMÚN y la apertura de la FASE DE LIQUIDACIÓN, con los siguientes efectos:

1.º La disolución si esa persona jurídica no estuviese disuelta y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte

2.º El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

En Castellón de la Plana, a 16 de abril de 2026.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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Castelló de la Plana, 21 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIU

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