Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 6
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 134/2026
Auto
Fecha: 18/03/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días
Acreedores del deudor
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO En este Juzgado se sigue Solicitud de Homologación o de incumplimiento de plan de reestructuración 134/26 seguido frente al deudor QUALITY MEDIA PRODUCCIONES S.L. en cuyos autos con fecha 18.3.26 se ha acordado lo siguiente: 1.- Identidad de los deudores: QUALITY MEDIA PRODUCCIONES, S.L. (CIF B-87.390.860). 2.- Juzgado competente: Plaza nº 6 de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. 3.- Número de procedimiento: Nº 134/2026 4.- Fecha del plan de reestructuración: veinticinco de enero de 2026. 5.- Puesta a disposición: Se informa a los acreedores que el plan se encuentra a su disposición en la sede de este tribunal, pudiendo solicitar la entrega de copia previa acreditación de un interés legítimo. 6.- Efectos del plan sobre los créditos y los acreedores afectados. El Plan incorpora medidas de reestructuración del pasivo que supone el ofrecimiento a los acreedores de la única clase [Clase única ‘Pasivo comercial’] cuatro alternativas de pago para reestructurar sus créditos: La autenticidad de este documento se puede comprobar en - Alternativa A: Aplica una quita del 20% sobre el nominal. El resto se abona con un pago inicial del 30% al mes de la homologación y el 70% restante en 18 meses (cuotas trimestrales). - Alternativa B: Establece una quita del 30%. El pago del saldo se divide en un 50% al mes de la homologación y el otro 50% en un plazo de 12 meses. - Alternativa C, supletoria en defecto de voto o no ejercicio del derecho de opción: Es la opción por defecto para quienes no elijan o no voten. Supone una quita del 40%, con un pago del 77% al mes de la homologación y el 23% restante en 6 meses. - Alternativa D: No hay reducción del principal, pero se establece una espera mayor. El pago se realiza con un 10% inicial y el 90% restante en 24 meses. Se explica que la situación no es un deterioro estructural del modelo de negocio, sino una combinación de factores coyunturales que provocaron tensiones de liquidez. El Plan no incorpora medidas de reestructuración operativa [punto 9 del apartado 5.1 del plan]. No tiene efectos sobre los contratos de trabajo…”.
Madrid, 14 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid