Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-J-2026-224887

OVIEDO. Edicto de 17 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 409/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 98, de 22 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-224887

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 1

Dirección: Calle LUIS FERNANDEZ-VEGA SANZ 5 3

Localidad: Oviedo

Código Postal: 33005

Provincia: Asturias

Teléfono: 985245732

Correo electrónico: juzgadomercantil1.oviedo@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 409/2025

NIG: 3304447120250001410

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª. Ana Redondo Valbuena, Letrada de la Administración de Justicia del TRIBUNAL DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL, PLAZA Nº1 DE OVIEDO, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 409/25 (N.I.G. 33044 47 1 2025 0001410), se ha dictado AUTO de fecha 16/04/26, que es firme, declarando la conclusión del concurso de ÁNGEL RAMÓN VILLAMIZAR SÁNCHEZ, con NIF 60.164.257-Y, y de Noel de Jesús González Peña, con NIF 11.102.939-B, al comprobarse la insuficiencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2º.- Que se reconoce Reconocer a DON ÁNGEL RAMÓN VILLAMIZAR SÁNCHEZ, con NIF 60.164.257-Y y a D. Noel de Jesús González Peña, con NIF 11.102.939-B, la exoneración del pasivo insatisfecho. La exoneración será definitiva y alcanza los siguientes créditos:

Bankinter Consumer Finance, EFC, S.A.: 1.971,72 euros.Open Bank, S.A.: 330 euros.BBVA, S.A.: 15.753 euros.BBVA, S.A.: 1.765 euros.BBVA, S.A.: 16.260 euros.BBVA, S.A.: 31.605,95 euros.Credit Agricole Consumer Finance Spain, EFC, SAU: 9.710,53 euros.Caixabank Payments&Consumer, EFEC, EP, SA: 1.414 euros.Servicios Financieros Carrefour, S.A.: 962,49 euros.Agencia Tributaria de Madrid/Ayuntamiento de Madrid: 139,46 euros.

El pasivo no satisfecho exonerado se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el artículo 493 del TRLC.

Los acreedores afectos por la exoneración no podrán iniciar ningún tipo de acción frente a los deudores para el cobro de sus créditos.

La exoneración supone la extinción de los créditos a los que alcanza la presente declaración, sin que ello alcance a los obligados solidarios, fiadores, avalistas, aseguradoras y quienes, por disposición legal o contractual, tengan la condición de satisfacer la deuda afectada por la exoneración.

Sin perjuicio de lo anterior, se reconoce el derecho de los deudores a reclamar testimonio de esta resolución para requerir directamente a los sistemas de información crediticia la actualización de sus registros para dejar constancia de la exoneración.

3º.- Que los acreedores cuyos créditos se vean afectados por la exoneración no podrán ejercitar acciones frente al deudor para su cobro, a salvo el derecho a solicitar la revocación de la exoneración. Estos acreedores deberán comunicar la exoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerable, para la debida actualización de sus registros.

4º.- Que los acreedores por créditos no exonerables mantendrán sus acciones contra el deudor y podrán promover la ejecución judicial o extrajudicial de aquellos.

5º.- Que se notifique esta resolución a las partes y se proceda a su publicación en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único.

6º.- Que contra el auto declarando la conclusión no cabe interponer recurso alguno.

Oviedo, 17 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA REDONDO VALBUENA

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid