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Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Barcelona. Plaza nº 10
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549760
Concursal
Número: 71/2026
NIG: 0801947120268001454
Auto
Fecha: 27/03/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Sección de lo Mercantil del TI de Barcelona. Plaza nº 10 - (Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona)
Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil
Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 10 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549760
FAX: 935549770
E-MAIL: mercantil10.barcelona@xij.gencat.cat
Procedimiento: Concurso sin masa 71/2026
Sección: J6J
Sobre: Concurso sin masa
Parte deudora/concursada: CARNS AGUILAR HEREDIA SL
Procurador/a: Francisco Sanchez Garcia
Abogado/a: Juan Manuel Vega Heredia
EDICTO
Margarita Marquina Castells , la Letrada de la Administración de Justicia del Servicio Común de Tramitación de Barcelona. Sección Mercantil hago saber que:
En el Concurso sin masa 71/2026 se ha dictado un auto de fecha 27/03/2026 por el que se ha declarado concluso el concurso de CARNS AGUILAR HEREDIA SL, con CIF B64840747.
Contra dicha resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en el art. 481 TRLC, respecto de la conclusión del concurso.
En Barcelona, a 7 de abril de 2026.
La Letrada de la Administración de Justicia
Puede consultar el estado de su expediente en el área privada de seujudicial.gencat.cat
Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.
Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.
Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.
El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.
En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.
Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Barcelona, 16 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARGARITA MARQUINA CASTELLS
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