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Documento BOE-J-2026-221605

GIJÓN. Edicto de 16 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 349/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 97, de 21 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2026-221605

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Oviedo. Plaza nº 3, con sede en Gijón

Dirección: Plaza DECANO EDUARDO IBASETA S/N

Localidad: Gijón

Código Postal: 33207

Provincia: Asturias

Teléfono: 985176747

Correo electrónico: sct.mercantil.gijon@asturias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 349/2025

NIG: 3302447120250000341

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de María Engracia Villanueva Casado y Pablo Antonio Ferreira Menéndez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dña. MARIA JOSE ALONSO GONZALEZ, Letrada de la Administración de Justicia de la Plaza Nº 3, Sección de lo Mercantil, del Tribunal de Instancia de Gijón,

ANUNCIA

1.- Que en el procedimiento concursal VOLUNTARIO ORDINARIO número 349/2025 referente a los concursados DÑA. MARÍA ENGRACIA VILLANUEVA CASADO, con NIF 09.812.857-E y D. PABLO ANTONIO FERREIRA MENÉNDEZ, con NIF 09.812.828-Q se ha dictado Auto de 13 de abril de 2026 abriendo la fase de liquidación.

2.- La situación de los concursados durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

3.- En el plazo máximo de DIEZ DÍAS naturales la Administración Concursal propondrá, si lo considera oportuno, reglas especiales de liquidación.

4.- De no establecerse reglas especiales de liquidación, la Administración Concursal realizará los bienes y derechos de la masa activa del modo más conveniente para el interés del concurso.

5.- La Administración Concursal, en el plazo de TRES MESES, presentará al Juez del Concurso un informe sobre el estado de las operaciones según el art. 424 del TRLC.

6.- Se ha ordenado la formación de la Sección Sexta.

7.- Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Gijón, 16 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ALONSO GONZALEZ

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