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Documento BOE-J-2026-221589

ALMERÍA. Edicto de 16 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 112/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 97, de 21 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2026-221589

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería. Plaza nº 2

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: sec.mercantil.plazan2.ti.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 112/2026

NIG: 0401342120260001701

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Posibles interesados y/o acreedores del concuirso sin masa de DOÑA MARÍA TRINIDAD LOZANO MEDINA, DNI.- 76659365C

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D. David Pérez Martínez

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Almería. Plaza nº 2, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020,

ANUNCIA

1.- Que en el procedimiento número 112/2026, NIG n.º 0401342120260001701, por AUTO de 09/04/2026 se ha declarado en concurso voluntario sin masa a la deudora DOÑA MARÍA TRINIDAD LOZANO MEDINA, DNI.- 76659365C y domicilio en calle Médico Francisco Pérez Company, nº 17, Bloque 1, 1º A (04009), Almería.

2.- El presente concurso tiene carácter VOLUNTARIO.

3.- La cifra del pasivo del concursado    es de    26.739,18 euros.

4.- Publíquese la presente resolución en la forma prevista por el articulo 37 Ter del    TRLC y a tal fin, se ordena la remisión telemática al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro Publico Concursal con    LLAMAMIENTO al acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal a fin de que emita informe razonado y documentado sobre los extremos indicados en el articulo 37 Ter.1 del TRLC, a saber:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable”

5.- Se hace saber al deudor que en el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

6.- Conforme a lo previsto en el art. 45 TRLC se hace constar que la direccion electronica del Registro Publico Concursal en el que se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es.

Almería, 16 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVID PEREZ MARTINEZ

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