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Documento BOE-J-2026-215268

ZARAGOZA. Edicto de 14 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 442/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 94, de 17 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2026-215268

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Zaragoza. Plaza nº 2

Dirección: Plaza Expo, 6 - 2ª Plta. Escalera F, Zaragoza

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50014

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: sgc.zaragoza.mercantil@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 442/2025

NIG: 5029747120250000881

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados no personados en forma en procedimiento S01 442-25

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 442/2025-E se ha dictado el 8 de abril de 2026 auto de conclusión del concurso del deudor NIDIA ALEXANDRA ORTIZ BARRE con DNI 30.343.054-M y PABLO GONZALO ROBAYO SIMBA con DNI X-6670957-Zpor insuficiencia de masa activa.

Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones. En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal conforme a lo prevenido en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Contra el referido auto que acuerda la conclusión no cabe interponer recurso alguno y contra el que la deniega cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Zaragoza, 14 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA

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