Contido non dispoñible en galego
Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 2
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 283/2026
Auto
Fecha: 08/04/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días
Acreedores de Júpiter A.I. Systems and Development Spain, S.L.U.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO La Letrada de la Administración de Justicia de la SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID, PLAZA Nº 2, Hace saber: Que por Auto dictado el 8.04.2026, se acuerda lo siguiente: - la apertura e inicio del procedimiento especial para microempresas, que tiene carácter de voluntario, en su modalidad liquidativa, de JUPITER AI SYSTEMS AND DEVELOPMENT SPAIN, S.L.U. (B19927045), sin más pronunciamientos. - El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de 865.125,12 EUROS, de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 43.256,25 EUROS estarán legitimados para dicha solicitud. - Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2.500,00.-€ (más sus correspondientes impuestos indirectos). - Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del procedimiento especial; lo que se acordará en Resolución separada.
Madrid, 9 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN
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