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Documento BOE-J-2026-214987

BILBAO. Edicto de 14 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 639/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 94, de 17 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BIZKAIA
Referencia:
BOE-J-2026-214987

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Bilbao. Plaza nº 3

Dirección: Calle Fueros, 10 Getxo

Localidad: Bilbao

Código Postal: 48001

Provincia: Bizkaia

Teléfono: 944859499

Correo electrónico: mercantil3.bilbao@justizia.eus

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 639/2025

NIG: 4802047120250001567

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

A todos los interesados en el concurso de acreedores de INDERE SERVICIOS 2000 SL

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O D./D.ª Fernanda Abiega Gil, Letrado de la Administración de Justicia Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Bilbao. Plaza nº 3, A N U N C I A Que en el procedimiento concursal número 0000639/2025 referente al/a la concursado/a INDERE SERVICIOS 2000 SL INDERE SERVICIOS SL , B95050258, por auto de fecha 10.04.2026 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del/de la concursado/a. 2.- ACORDAR la suspensión de las facultades de administración y disposición del/de la concursado/a sobre la masa activa.

3.- Se ha declarado disuelta la concursada y se ha cesado en su función a sus administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la administración concursal.

4.- La misma resolución ha acordado que se abra la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma y, en su caso, alegar por escrito cuanto considere relevante para que la administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar la calificación del concurso como culpable. En Bilbao, a 10 de abril del 2026. LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Bilbao, 14 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza Arriola

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