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Documento BOE-J-2026-211019

GRANADA. Edicto de 13 de abril de 2026 en procedimiento concursal número 57/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 93, de 16 de abril de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-211019

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: JMercantil.2.Granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 57/2026

NIG: 1808742120250022447

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/04/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Piedad Llor Madrid

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 57/2026, NIG n.º 1808742120250022447, por auto de 09/04/2026 se ha declarado el procedimiento concursal especial para microempresas con liquidación solicitado de SUPERMERCADO LAS ANGUSTIAS, S.L con CIF B19688449.

2.- Se declara disuelta la sociedad SUPERMERCADO LAS ANGUSTIAS, S.L con CIF B19688449. Inscríbase dicha declaración en el Registro Mercantil, mediante el libramiento del correspondiente mandamiento. El registrador mercantil remitirá de oficio, de forma telemática y sin coste adicional alguno, la inscripción de la disolución al ‘‘Boletín Oficial del Registro Mercantil’’ para su publicación.

3.- Se concede al deudor el plazo de 20 días hábiles para presentar un plan de liquidación, por medio de formulario normalizado, en los términos previstos en el art. 707.3 TRLC.

4.- En los veinte días hábiles siguientes a la apertura del procedimiento especial de liquidación, cualquier acreedor podrá presentar por medios electrónicos, a través de formulario normalizado, alegaciones en relación con la cuantía, características y naturaleza de su crédito, o respecto del inventario de la masa activa. Transcurrido dicho plazo, se considerarán definitivos tanto los créditos sobre los que no se hayan realizado alegaciones como las partidas del inventario no impugnadas.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Granada, 13 de abril de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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