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Documento BOE-J-2026-177106

GRANADA. Edicto de 24 de marzo de 2026 en procedimiento concursal número 612/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 76, de 27 de marzo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2026-177106

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 612/2025

NIG: 1808742120250019999

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/02/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores del Concursado

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dña. PIEDAD LLOR MADRID, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DE Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2 , EN CUMP.IMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 478.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL (TRLC)

ANUNCIA

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad GALERNA CONSULTING, S.L.

De conformidad a ello:

Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Cuarto: requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.

Quinto: se acuerda la extinción de GALERNA CONSULTING, S.L., Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad GALERNA CONSULTING, S.L..

Sexto: se acuerda el archivo de las presentes actuaciones.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D.ª Virginia Aparicio Bartolomé, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Granada.

Granada, 24 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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