Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958209026
Correo electrónico: Sec.Mercantil.PlazaN2.TI.granada.JUS@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 248/2026
NIG: 1808742120260005623
Auto
Fecha: 20/03/2026
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 1 MES
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2 en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 552. 553 y 554 del Texto Refundido de la Ley Concursal,
A N U N C I A
1.- Que en el procedimiento de Concurso Voluntario nº 248/26 con NIG 1808742120260005623 por auto de fecha 20/03/26 se ha declarado en concurso, con el carácter de CONCURSO VOLUNTARIO, al deudor Dª Mónica Isabel Rueda Osuna con DNI nº 75135824E, domicilio en C/ Gran Capitán 3 de Albolote (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.
La parte dispositiva de dicho auto es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer de la declaración y trámite del concurso solicitado por D. Antonio Gálvez Muñoz , Procurador de los Tribunales y de Dª Mónica Isabel Rueda Osuna,
Incoándose el procedimiento de que es objeto, se tendrá por parte a dicho Procurador en la referida representación que acredita, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias en la forma establecida en la ley.
2.- Se declara en concurso de acreedores a Mónica Isabel Rueda Osuna,
con NIF 75135824E, que tendrá el carácter de CONCURSO VOLUNTARIO y SIN MASA.
3.- El pasivo correspondiente al concursado D. Mónica Isabel Rueda Osuna,
asciende, según la documental aportada, a los 27.664,99 €.
4.- Remítase telemáticamente un edicto de la presente resolución al BOE, para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único. Asimismo, publíquese en el Registro Público Concursal.
5.- Por este acto, se llama a los acreedores del concursado, D. Mónica Isabel Rueda Osuna que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo antes referido a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.
2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.
3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, que podrá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, Dª Virginia Aparicio Bartolomé, titular de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Granada. Plaza nº 2
Granada, 24 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID
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