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Documento BOE-J-2026-165029

MADRID. Edicto de 13 de marzo de 2026 en procedimiento concursal número 139/2026.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 71, de 21 de marzo de 2026
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN DE LO MERCANTIL/JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2026-165029

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Secc. Mercantil Tri. Inst. Madrid. Plaza nº 6

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 139/2026

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/03/2026

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso de D. Antonio Romero Sánchez con DNI Nº 70053908W

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN, Letrado/a de la Administración de Justicia del Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid. Plaza nº 6 hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 139/2026, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.47.1-2026/0002392, que se ha presentado en fecha 12/02/2026 y fecha de entrada en este juzgado el día 25/02/2026 por Auto de fecha 13/03/2026 se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento express, a D. ANTONIO ROMERO SÁNCHEZ (DNI Nº 70053908W), y domicilio en la comunidad de Madrid. 2.- Se confiere el plazo de 15 días a los acreedores desde la publicación del edicto en el RPC a fin de que, al menos, los que representen el 5% del pasivo (1.297,77 euros) puedan solicitar a su costa el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLC. 3.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 4.- Se advierte a los acreedores no personados de la posible apertura del proceso de exoneración, pudiendo tomar conocimiento de las actuaciones en la Oficina de este tribunal. 5.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 13 de marzo de 2026.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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