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Documento BOE-J-2025-89142

GRANADA. Edicto de 11 de febrero de 2025 en procedimiento concursal número 380/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2025-89142

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 380/2024

NIG: 1808742120240014004

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 10/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en Texto Refundido de la Ley Concursal,

A N U N C I A

Que en el procedimiento concursal nº 380/2024 con NIG 1808742120240014004 referente a la concursada ANGELES CONTRERAS GARZON con D.N.I. num. 24083406Z, por Diligencia de Ordenación de fecha 10/02/2025 se ha acordado los siguiente:

"1.- Se tiene por presentado por la administración concursal informe con el contenido previsto en el artículo 473 del texto refundido de la Ley Concursal (TRLC), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, relativo a la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa.

Asimismo, se tiene por presentada solicitud de conclusión del concurso con rendición de cuentas.

2.- De acuerdo con lo dispuesto en el precepto citado póngase de manifiesto el informe en la oficina judicial por un plazo de diez días a las partes personadas.

3.- En ese mismo plazo cualquier persona que acredite tener interés legítimo podrá formular oposición razonada a la solicitud de conclusión de concurso presentada por la administración concursal.

Remítase a través de medios electrónicos el escrito de rendición de cuentas al Registro Público Concursal."

En Granada, en el día de la firma.

Granada, 11 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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