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Documento BOE-J-2025-865

MADRID. Edicto de 27 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 637/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-865

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 16 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917200890

Correo electrónico: mercantil16@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 637/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Declara concurso sin masa

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTOD. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ, LETRADO DE LAADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 16 DEMADRID, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO LOS ARTÍCULOS 35 y 37TER DEL TRLC,ANUNCIA1.- Que en el concurso ordinario 637/2024, con Número de IdentificaciónGeneral del procedimiento 28.079.00.2-2024/0434783, por auto de fecha 16/12/2024, seha declarado en concurso, a Dña. ISABEL ORTEGA AGUDO con DNI 02497749H ya D. JUAN MAYORAL ATIENZA con DNI 02841255L2.- El pasivo de los deudores asciende a 170.237,05 EUR., correspondiendo aDña. ISABEL ORTEGA AGUDO un importe de 49.354€ y a D. JUAN MAYORALATIENZA un importe de 120.883,05€ EUR.3.- El acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento delpasivo de cualquiera de las referidas sociedades podrán solicitar en el plazo de QUINCEDÍAS a contar desde el siguiente a la publicación del edicto, el nombramiento de unadministrador concursal para que presente informe razonado y documentado (art. 37 ter1 TRLC).4.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formuladosolicitud de nombramiento de un administrador concursal, el deudor que fuera personanatural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (art. 37 ter 2TRLC).5.- Publíquese la presente resolución en la forma prevista por los arts. 35 a 37del TRLC.La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/covemediante el siguiente código seguro de verificación: 1221175303127947172337

Madrid, 27 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

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