Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 549/2024
NIG: 3120147120240000705
Auto
Fecha: 30/12/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso de LILIANA FABIOLA SILVA VILLANUEVA
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE PAMPLONA/IRUÑA
ANUNCIA
Que en el concursal - Sección 1ª (General) número 0000549/2024 con NIG nº 3120147120240000705 referente a la concursada LILIANA FABIOLA SILVA VILLANUEVA con DNI 73485343K, con domicilio en Pamplona –Navarra, con fecha de presentación de la solicitud el 21 de octubre del 2024 a las 13:45 horas y misma fecha de reparto, por auto de fecha 26 de diciembre del 2024 se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido 2de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por la procuradora Dña. Alicia Castellano Alvarez en nombre y representación de la deudora , persona física, Dª LILIANA FABIOLA SILVA VILLANUEVA con DNI 73485343k casada en régimen de separación de bienes con D.Augusto Javier Tremolada Guerrero.
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de LILIANA FABIOLA SILVA VILLANUEVA con DNI 73485343K, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección cuarta, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo asciende a 34.715,21 €.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Civil de Pamplona, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.Póngase igualmente en conocimiento la existencia del presente procedimiento concursal a los acreedores a través de los medios telemáticos y en las direcciones otorgadas por el concursado.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
8. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
9.- Notifíquese la presente resolución a D. Augusto Javier Tremolada Guerrero, cónyuge de la concursada, conforme al art. 33.3 TRLC.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
Pamplona/Iruña, 9 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZÁLEZ ARCE
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