Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Dirección: Calle MALAGA 2
Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)
Código Postal: 35016
Provincia: Las Palmas
Teléfono: 928116548
Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org
Concursal
Número: 206/2013
Auto
Fecha: 04/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de las mercantiles Danolácteos, SL. con CIF B76068030, y de Danosur S.L.U., con CIF B35129485
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 206/2013, se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2025 auto declarando la conclusión del concurso de las mercantiles DANOLACTEOS S.L. con CIF B76068030, y de DANOSUR S.L.U., con CIF B35129485, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de DANOLACTEOS S.L. con CIF B76068030, y de DANOSUR S.L.U., con CIF B35129485, por finalización de la liquidación, con los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.
2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil correspondiente, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.ACUERDO aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.
Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).
La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado».
Así lo acuerda, manda y firma D. GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria. EL Magistrado Juez
En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de febrero de 2025.
Palmas de Gran Canaria (Las), 6 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA
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