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Documento BOE-J-2025-714667

MADRID. Edicto de 6 de noviembre de 2025 en procedimiento concursal número 803/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 272, de 12 de noviembre de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-714667

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 803/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/11/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JORGE ARRIOLS PALLEJÁ - NIF/NIE: ***8232**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D./Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrado/a de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid

hace saber:1.- Que en el concurso ordinario 803/2025, con Número de IdentificaciónGeneral del procedimiento 28.079.00.2-2025/0388688, que se ha presentado en fecha19/09/2025 y fecha de entrada en este juzgado el día 20/10/2025 por auto de fecha05/11/2025 se ha declarado en concurso voluntario a D. JORGE ARRIOLS PALLEJÁ,con nº de identificación 51082324Z, y domicilio en la comunidad de Madrid.Concurso sin masa. Considero que EXISTE CONCURSO SIN MASA.El importe del pasivo es de 13.171 euros.2.- Se confiere el plazo de 15 días a los acreedores desde la publicación deledicto en el RPC a fin de que, al menos, los que representen el 5% del pasivo puedansolicitar a su costa el nombramiento de un administrador concursal para que emita elinforme a que se refiere el art. 37 ter del TRLC.3.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lodeberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislaciónlaboral respecto a los trabajadores del concursado.4.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde sepublicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, eswww.publicidadconcursal.es

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 6 de noviembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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