Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid
Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5
Localidad: Valladolid
Código Postal: 47004
Provincia: Valladolid
Teléfono: 983218181
Concursal
Número: 661/2025
NIG: 4718647120250001120
Auto
Fecha: 21/10/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores y demás interesados en el concurso voluntario de OBRAS INFORMES Y EDIFICACIONES, S.L.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
ADELA TAMAYO GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID, por el presente, HAGO SABER:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con elnº SECCION I DECLARACION CONCURSO 661/2025 y NIG nº.: 47186 471 2025 0001120 se ha dictado en fecha 21 de octubre de 2025 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO ORDINARIO del deudor OBRAS INFORMES Y EDIFICACIONES, S.L. con CIF B86950532 y cuyo centro de interés principal lo tiene en Paseo Isabel laCatólica, núm 11, bajo, pueta 1, 47001, Valladolid siendo el pasivo 1.215.565,21 euros, careciendo de masa activa suficiente.2.- Se ha acordado anunciar en el «Boletín Oficial delEstado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro públicoconcursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de una dministrador concursal para que en su caso presente informe razonado conforme a la Ley.
1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por lapersona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.3.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.4.- El auto de declaración de concurso, en caso de que el deudor fuera empleador, se notificará a la representación legal de las personas trabajadoras.5.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del RegistroPúblico Concursal www.publicidadconcursal.es
Valladolid, 23 de octubre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid