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Documento BOE-J-2025-651215

SALAMANCA. Edicto de 10 de octubre de 2025 en procedimiento concursal número 844/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
TRIBUNALES DE INSTANCIA. SECCIÓN CIVIL/JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SALAMANCA
Referencia:
BOE-J-2025-651215

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4

Dirección: PLAZA COLON, S/N, 2ª PLANTA

Localidad: SALAMANCA

Código Postal: 37001

Provincia: Salamanca

Teléfono: 923284690

Correo electrónico: instancia4.salamanca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 844/2025

NIG: 3727442120250008773

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/10/2025

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

MIGUEL GALLEGO DURAN - NIF/NIE: 07799473N

AURORA CRUZ MORIN - NIF/NIE: 07828312D

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 37 quater de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el procedimiento nº 844/2025, por Auto de fecha 8 de Octubre de 2025, se ha declarado en concurso voluntario sin masa a los deudores D. MIGUEL GALLEGO DURÁN con DNI nº07799473-N y Dª. AURORA CRUZ MORIN con DNI nº 07828312-D, cónyuges. 2.- Se ha acordado el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado a que se refiere el art 37 ter del TRLC. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

SALAMANCA, 10 de octubre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN

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