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Documento BOE-J-2025-650716

MADRID. Edicto de 12 de octubre de 2025 en procedimiento concursal número 461/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-650716

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 461/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/10/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Olga Yolanda Segovia

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. MARÍA ESTHER SOMOZA HÉRNANDEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid hace saber: 1.- Que por Auto de fecha 09/10/2025 se ha reconocido a OLGA YOLANDA SEGOVIA, con NIE Y2710284R, su derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho, (arts. 489.1.5 y 489.3 del TRLC). La exoneración será definitiva y alcanza a la totalidad del pasivo concursal no satisfecho por el concursado, salvo el excluido en el artículo 489.2 TRLC. Los créditos afectados serán los existentes a fecha del presente auto. El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido (salvo la deuda no exonerable), sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. Los acreedores afectados por la exoneración no podrán iniciar ningún tipo de acción frente al deudor para el cobro de los mismos (art. 491 TRLC). La exoneración, supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración, sin que alcance a los obligados solidarios, fiadores, avalistas, aseguradoras y quienes, por disposición legal o contractual, tenga la condición de satisfacer la deuda afectada por la exoneración. 2.- Que por el mismo Auto se ha acordado LA CONCLUSIÓN del concurso de OLGA YOLANDA SEGOVIA, cesando todos los efectos de la declaración del concurso. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 12 de octubre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ESTHER SOMOZA HERNÁNDEZ

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