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Documento BOE-J-2025-623153

SEVILLA. Edicto de 3 de octubre de 2025 en procedimiento concursal número 407/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 242, de 8 de octubre de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-623153

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519096

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 407/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/09/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Gotosegur Consultores de Seguros e inversiones S.L con CIF: B90391335

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Juana Gálvez Muñoz

Que en el procedimiento concursal número 407/2025 en el que figura como concursado/a GOTOSEGUR CONSULTORES DE SEGUROS E INVERSIONES SL con CIF: B90391335, se ha dictado el 26/09/2025 auto que declara concluso el concurso cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1.- Declaro la conclusión del concurso de GOTOSEGUR CONSULTORES DE SEGUROS E INVERSIONES SL con CIF: B90391335.

2.- Ordeno el cierre provisional de la hoja abierta a la concursada en el Registro Mercantil o registro público en el que figure inscrita.

A tal efecto, acuerdo que se expida mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza y que se remita por medios electrónicos a dicho registro.

3.- Acuerdo el archivo las actuaciones.

4.- Publíquese esta resolución en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

5.- Notifíquese esta resolución a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Así lo acuerda, manda y firma, D. Eduardo Gómez López, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 1 de Sevilla. Doy fe.

En Sevilla, a veinciseis de septiembre de dos mil veinticinco.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Sevilla, 3 de octubre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ

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