Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-615805

MADRID. Edicto de 26 de septiembre de 2025 en procedimiento concursal número 58/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-615805

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 58/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/09/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Make Believe S.L., con nº de identificación B98278369

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 58/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0014630,que se ha presentado en fecha 23/01/2024 y fecha de entrada en este juzgado el dia 25/01/2024 por auto de fecha 24/09/2025, con efectos desde auto de fecha 07.05.2024, se ha declarado en concurso necesario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a Make Believe S.L., con nº de identificación B98278369, y domicilio en la comunidad de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 y ss del TRLC al administrador concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Dña. Ana Armijo Pliego, con dni: 26240415Z, con domicilio postal en Calle: Linaje, 4 Esc/Piso/Prta: 6º, B2 C.P.:29001 Málaga (Málaga) , y dirección electrónica ana.armijo@talentoabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y ss TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 26 de septiembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CELSO GONZALEZ VOCES

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid