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Documento BOE-J-2025-61077

HOSPITALET DE LLOBREGAT (L'). Edicto de 30 de enero de 2025 en procedimiento civil número 679/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2025-61077

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de L'Hospitalet De Llobregat

Dirección: Avenida CARRILET 2

Localidad: Hospitalet de Llobregat (L')

Código Postal: 08902

Provincia: Barcelona

Teléfono: 937947351

Correo electrónico: gamorales@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 679/2023

NIG: 0810142120238057062

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 26/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: veinte dias

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

EDISON SAUL BAQUE RIVERA - NIF/NIE: ****3108*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Modo de impugnación: recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial deBarcelona (art.455 de la LEC).El recurso se interpone mediante un escrito que se debe presentar en la AudienciaProvincial dentro del plazo de VEINTE días, contados desde el siguiente al de lanotificación, en el que se debe exponer las alegaciones en que se base la impugnación,citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Además, se debe constituir, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones del órgano judicial ate el que seinterponga el recurso, el depósito a que se refiere la DA 15ª de la LOPJ reformada porla LO 1/2009, de 3 de noviembre. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación(arts. 458.1 y 2 de la LEC).

MODO IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sinperjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución originaria queya quedaron indicados al ser notificada (art. 267.8 LOPJ).Los plazos para los recursos, si fueran procedentes, iniciarán nuevamente su cómputodesde el día siguiente a la notificación de esta resolución (art. 267.9 LOPJ).

Hospitalet de Llobregat (L'), 30 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BEGOÑA ISLA VALDANZO

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