Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 821/2024
Auto
Fecha: 21/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 5 días para recurrir en reposición
Interesados en el concurso de A Goal Perfect sl
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Dª Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº14 de Madrid, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 821/2024 referente al concursado A GOAL PERFECT SL, se ha dictado auto de fecha 21/01/2025 cuya Parte Dispositiva es del siguiente tenor literal: 1.- Acuerdo la apertura de la fase de liquidación de la concursada A GOAL PERFECT SL, con CIF B10569291, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.- Acuerdo dejar sin efecto las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, si no se hubiera acordado con anterioridad, con todos los efectos establecidos en la LC, operando el régimen de sustitución en tales facultades patrimoniales por la Administración Concursal, con cese de los administradores societarios, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte. 3.- Acuerdo la disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por la Administración Concursal designada, dentro del trámite de liquidación del concurso. 4.- Declaro el vencimiento anticipado de los créditos concursales sometidos a plazo, así como la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto. 5.- Acuerdo seguir la liquidación por las normas generales de liquidación de los artículos 421 siguientes, debiendo proceder la Administración concursal a realizar los bienes y derechos del modo más conveniente para el interés del concurso, sin más limitaciones que las establecidas en los arts. 422 y 423, y las del Capítulo III del Título IV del Libro I. Publíquese este auto de conformidad con la ley, y a tal efecto, líbrese mandamiento para su inscripción al Registro Público Concursal y por duplicado al Registro Mercantil de esta ciudad, acompañando testimonio de la presente resolución, que se entregará para su diligenciado al procurador de la concursada que deberá acreditar su presentación en el término de tres días. Notifíquese este Auto a las partes personadas. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICION en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 5410-0000-52-0821-24 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 5410-0000-52-0821-24 No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15)
Madrid, 27 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA
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