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Documento BOE-J-2025-59038

MADRID. Edicto de 27 de enero de 2025 en procedimiento civil número 737/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-59038

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 737/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 27/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Firme

DESTINATARIOS

Acreedores del deudor

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA En el Procedimiento especial de Liquidación 737/2024 seguido frente al deudor EURONAMAS GESTION DE FINCAS CENTRO, S.L.. con CIF B42519132, por auto de fecha 27.01.2025 se ha acordado lo siguiente: “…DISPONGO: 1.- Debo acordar la CONCLUSIÓN del presente proceso especial del concursado EURONAMAS GESTION DE FINCAS CENTRO, S.L.. con CIF B42519132, en su modalidad sin masa por la causa 3º del art. 720.1 LCo de inexistencia o insuficiencia de masa; alzando y poniendo fin a los efectos del procedimiento especial, caso de haberse adoptado; ordenando una vez firme la presente Resolución, el archivo definitivo de las presentes actuaciones. 2.- No procede la remisión e inclusión de bien o derecho alguno de la masa en la Plataforma Electrónica de Venta de Activos a que se refiere la D.A.2ª de la Ley 16/2024, de 5 de septiembre. 3.- Se acuerda, con subsistencia de la personalidad jurídica de la mercantil insolvente en tanto persistan en su patrimonio relaciones jurídico-materiales de activo y de pasivo, el CIERRE DEFINITIVO de la hoja abierta a esa persona jurídica en el registro público en el que figure inscrita; ordenando la CANCELACIÓN de la hoja abierta a esa persona jurídica.…” En Madrid, a 27 de enero de 2025. La Letrada de la Administración de Justicia

Madrid, 27 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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