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Documento BOE-J-2025-588242

VALÈNCIA. Edicto de 19 de septiembre de 2025 en procedimiento concursal número 759/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-588242

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 759/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/09/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Publicación de declaración de concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Letrado de la Administración de Justicia: D./Dª.CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 ter del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020 hago saber: 1.º- Que por auto de fecha 18 de septiembre de 2025 dictado en el procedimiento Concurso sin masa 759/2025, NIG n.º 4625047120250003555, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso a D./D.ª ESTEFANIA LARA HUELAMO, con domicilio en Manises y Nif número 48688200Y. 2.º- El pasivo expresado es de 48.603,00 Euro. Se efectúa llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter del TRLC (conforme Ley 16/2022). 3.º- En el caso de que, dentro del plazo de quince dias previsto, ningún legitimado/acreedor hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho. 4.º- La comparecencia en el procedimiento, deberá realizarse mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, con representación de Procurador/a y asistencia de Letrado/a, conforme artículo 512 del TRLC, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. La dirección donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es: https://www.publicidadconcursal.es/concursalweb/afectado/buscar

València, 19 de septiembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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