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Documento BOE-J-2025-5841

VALÈNCIA. Edicto de 8 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 479/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-5841

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Valencia

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927207

Correo electrónico: vamerca02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 479/2024

NIG: 4625066120240002489

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 18/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de los concursados Jose Vicente Mateu Ureña y Matta Yobani Céspedes Prada

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTODña. MARIA JOSE ROIG SAPIÑA, Letrada de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Mercantil num. 2 de VALENCIA, de conformidad con lo previstoen el art. 482 del TRLC, por el presente doy la publicidad ordenada al auto dearchivo del concurso dictado en este Juzgado y HAGO SABER:Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso ordinario 479/2024referente a los deudores D. JOSE VICENTE MATEU UREÑA, con Dni73778638C y D.ª MARTA YOBANY CESPEDES PRADA, con Dni 49848523W,en cuyo seno se ha dictado auto de fecha dieciocho de diciembre de dosmil veinticuatro por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. JACINTO TALENS SEGUI,por el que se ha acordado haber lugar a la concesión de la exoneración delpasivo insatisfecho y la conclusión y archivo del concurso sin masa de losdeudores D. JOSE VICENTE MATEU UREÑA y D.ª MARTA YOBANY CESPEDESPRADA. El deudor queda responsable de la deuda no exonerada. Deconformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimientode los acreedores y demás interesados.En València, a 18 de diciembre de 2024.LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIALa difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sidodictada, fuera de los casos previstos en una Ley, solo podrá llevarse a cabo previa disociación de losdatos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato delas víctimas o perjudicados, cuando proceda.Los datos personales incluidos en esta resolución, y en los documentos adjuntos a la misma,no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines distintos a los previstos en las leyes.Código Seguro de verificación ES191J00002478-EXTQ3R7X9EY7XDSDYC1CTQXS9CYC1CTQXS9C7JG1.

València, 8 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ROIG SAPIÑA

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