Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-5775

MADRID. Edicto de 8 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 797/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-5775

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930570

Correo electrónico: mercantil5@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 797/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

D./Dña. ROCIO PERALES BELIZON, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 05 de Madrid hace saber:

1.- Que en el Concurso ordinario 797/2024, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0560807, por auto de fecha 07/01/2025, se ha declarado en concurso voluntario ordinario a D./Dña. OSCAR AGUILAR CASTRO, con DNI 05****40X, y domiciliado en Hoyo de Manzanares (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es ITER CONCURSAL,S.L.P, con domicilio postal en Calle Ríos Rosas 36, 3º centro. 28003 Madrid, y dirección electrónica concursos@iter-concursal.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquier personado en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso, los documentos que considere oportunos.

Madrid, 8 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO PERALES BELIZON

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid