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Documento BOE-J-2025-5743

CASTELLÓ DE LA PLANA. Edicto de 8 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 422/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2025-5743

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana

Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10

Localidad: Castelló de la Plana

Código Postal: 12003

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964621447

Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 422/2023

NIG: 1204066120230000438

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 07/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5 dias

Emplazamiento. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

A todos los interesados y acreedores de DENIS DOKA, con NIE nº X6934161Y

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

D/Dª. MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLÓN DE LA PLANA.

HAGO SABER:

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal número 422/2023 referente al/a la deudor/a DENIS DOKA, con NIE nº X6934161Y, se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso por satisfacción a los acreedores y, asimismo, se ha presentando la rendición de cuentas.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 478.3 del Texto Refundido de la Ley, el escrito de rendición de cuentas se ha remitido por medios electrónicos al Registro público concursal.

TERCERO.- Dentro del plazo de QUINCE DÍAS, tanto el concursado como los acreedores podrán formular oposición razonada a la aprobación de las cuentas presentadas por la administración concursal (artículo 479.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

CUARTO.- La eventual oposición se sustanciará por los trámites del incidente concursal.

Castelló de la Plana, 8 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ISABEL RUBIO AGUSTI

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