Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Motril
Dirección: Calle FIELATO DE LA POSTA S/N
Localidad: Motril
Código Postal: 18600
Provincia: Granada
Teléfono: 958989065
Correo electrónico: Jmixto.3.motril.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1173/2023
NIG: 1814042120230005213
Sentencia
Fecha: 24/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 20 DIAS
RIGOBERTO JUAN GUILLÉN ESTEBAN - NIF/NIE: ***3032**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
FALLO
ESTIMANDO la demanda promovida por la mercantil UNICAJA BANCO S.A., representada por la Procuradora Dª MARIA BERTA LOPEZ PARRILLA, frente Dª CARMEN MELANIA PEREZ CASTILLA, Dº RIGOBERTO JUAN GUILLEN ESTEBAN y Dº ANTONIO MANUEL PEREZ CASTILLA, en rebeldía procesal, DEBO:
A) DECLARAR y declaro la resolución de la póliza de contrato mercantil de préstamo al consumo suscrita en fecha 19/07/2021, por los hoy litigantes, nº 2103 0903 58 0500050220.
B) CONDENAR y condeno a Dª CARMEN MELANIA PEREZ CASTILLA, Dº RIGOBERTO JUAN GUILLEN ESTEBAN y Dº ANTONIO MANUEL PEREZ CASTILLA, a pagar solidariamente a la actora, la cuantía de OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA EUROS CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (8.480,89€), más los intereses de demora pactados en el contrato de préstamo suscrito hasta la fecha de presentación de demanda, y todo ello incrementado con los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de demanda e incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución en virtud del art. 576 LEC, hasta su completo pago.
C) CONDENAR y condeno a la demandada, al pago de las costas causadas en instancia.
Contra la presente resolución cabe interponer RECURSO DE APELACION, ante este Juzgado, mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 20 dias, a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, en el que se deben exponer las alegaciones en que se base la impugnación, ademas de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en instancia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.-
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mí. Doy fe.-
Motril, 2 de septiembre de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PAVON CALLEJON
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