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Documento BOE-J-2025-522434

MADRID. Edicto de 30 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 26/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 189, de 7 de agosto de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-522434

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 26/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 28/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 1 mes

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. María Esther Somoza Hernández, Letrada de la Administración de Justicia en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 26/2025, con número de identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2024/0594958, por auto de fecha 28/07/2025, se ha declarado en concurso voluntario a Dña. Brigitte Marie Ginette Jusseaume, con nº de identificación Y5325062R, y domiciliado en Avenida: Europa, nº 28 2 Esc/Piso/Prta: 1º D C.P.:28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la del abogado D. María Rosario Moles Calvache, con domicilio postal en Pº de la Castellana nº 179, planta 1ª oficina C1, 28046 Madrid y dirección electrónica molescalvachemr@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 30 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ESTHER SOMOZA HERNÁNDEZ

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid