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Documento BOE-J-2025-522380

ALMERÍA. Edicto de 1 de agosto de 2025 en procedimiento concursal número 507/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 189, de 7 de agosto de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2025-522380

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 507/2025

NIG: 0401342120250012377

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de persona fisica. Acreedores y demas personas interesadas.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Raquel Martínez Canton

Que en el procedimiento concursal número 507/2025 en el que figura como concursada PROSAMAN XXI, SL.cif B04387767 , , se ha dictado el 25 de julio 2025 auto que declara la conclusión del procedimiento especial de microempresas y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO la conclusión del procedimiento especial de microempresas de PROSAMAN XXI S.L., cif B04387767 y, en consecuencia:

1.- ORDENO la cancelación de la hoja abierta a PROSAMAN XXI S.L., cif B04387767 en el registro en el que figure inscrita, con cierre definitivo de la hoja. Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al registro correspondiente.

2.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (artículo 689.2 del TRLC en relación con el articulo 482 TRLC)

3.- Notifíquese la presente resolución, al deudor y a las demás partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 687.4 TRLC)

4.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo, María Teresa Zambrana Ruiz, Magistrada – Jueza del Juzgado de lo Mercantil número dos de Almería.

DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo ordenado, de lo que doy fe.

En Almería, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Almería, 1 de agosto de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARMEN VICTORIA GARCIA RAVASSA

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