Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Jaén
Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16
Localidad: Jaén
Código Postal: 23007
Provincia: Jaén
Teléfono: 953963164
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.3.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1073/2018
NIG: 2305042120180003173
Diligencia
Fecha: 10/01/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 Dias
MARIA AZUCENA MARTINEZ GODINO - NIF/NIE: ***3037**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
En el procedimiento referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
"TASACIÓN DE COSTAS
QUE PRACTICA EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA D/Dª INMACULADA BAREA COBO, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 243 DE LA LEY 1/2000, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, EN EL JUICIO Ejecución de títulos judiciales 1073/2018.
HONORARIOS LETRADO: Javier Gómez Arcos , conforme a minuta que adjunta....37,13€
DERECHOS DE PROCURADOR: Cintia Velazquez Carrasco, con inclusión de los Conceptos reclamados...52,64€
Importa la presente tasación de costas la cantidad de OCHENTA Y NUEVE CON SETENTA Y SIETE ( 89,77) euros.
En Jaén, a dos de noviembre de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/A.D./Dª.INMACULADA BAREA COBO
En Jaén, a dos de noviembre de dos mil veintidós.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, de la anterior tasación de costas, dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos y en cuanto a los honorarios de los Abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo (artículo 245.2 L.E.C.).
La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su Abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su Procurador (artículo 245.3 L.E.C.).
En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4 L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lo dispongo y firmo. Doy fe"
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Ejecutado: MARIA AZUCENA MARTINEZ GODINO, por diligenica de fecha 10/01/2025, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto n el tablón de anuncios de la oficina judicial para llevar a efecto la diligencia de notificación..
En Jaén, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Jaén, 27 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA INMACULADA BAREA COBO
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