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Documento BOE-J-2025-500071

MADRID. Edicto de 17 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 500/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 178, de 25 de julio de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-500071

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 500/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

TEXTILES SANITARIOS IBERIA SL - Nº ****5269*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 500/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0259907, por auto de fecha 15/07/25, se ha declarado en concurso voluntario, a Textiles Sanitarios Iberia SL, con CIF: B88452693, y domiciliado en Vía de las Dos Castillas, nº 33 Centro Empresarial Atica Edificio 4 1º 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Julio Rafael Fernández Maestre, con domicilio postal en C/ Federico Tapia nº 17-Bis Entreplanta Local 4 15005 La Coruña, teléfono 981 173 064, fax 881 897 576 y dirección electrónica jfmaestre@icacor.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 17 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid