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Documento BOE-J-2025-499825

PONTEVEDRA. Edicto de 18 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 302/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 178, de 25 de julio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - PONTEVEDRA
Referencia:
BOE-J-2025-499825

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

XDO. DO MERCANTIL N. 1

Dirección: RUA HORTAS S/N 2ª PLANTA

Localidad: PONTEVEDRA

Código Postal: 36004

Provincia: Pontevedra

Teléfono: 886206479

Correo electrónico: mercantil1.pontevedra@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 302/2025

NIG: 3603847120250000328

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de "José Roberto Prego Santos"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN, Letrado de la Administración de Justicia de XDO. DO MERCANTIL N. 1 de PONTEVEDRA, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000302 /2025 y NIG nº 36038 47 1 2025 0000328 se ha dictado en fecha 16.07.25 AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO voluntario sin masa del deudor JOSE ROBERTO PREGO SANTOS, con D.N.I. 78.143.729-X, cuyo domicilio lo tiene en Pontevedra y en el que se acuerda lo siguiente: Se acuerda la CONCLUSIÓN del concurso sin masa de D. José Roberto Prego Santos, DNI 78143729X, por falta de solicitud de nombramiento de AC. Se CONCEDE al concursado D. José Roberto Prego Santos la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO, anterior a la declaración del concurso, con carácter definitivo, con las excepciones señaladas en el art. 489 del TRLC, y con los efectos previstos en los arts. 490 a 492 ter del TRLC. Se requiere a los acreedores afectados por la exoneración para que la comuniquen a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieran informado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de sus registros.

PONTEVEDRA, 18 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE LUIS GUTIERREZ MARTIN

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