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Documento BOE-J-2025-493497

MADRID. Edicto de 16 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 494/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 176, de 23 de julio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-493497

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 494/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días

DESTINATARIOS

Concursado, acreedores y otros interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Hace saber: Que en el concurso 494/2025, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2025/0268599, por auto de fecha 14/07/2025, se ha declarado en concurso voluntario, en cuya parte dispositiva, en extracto, es del siguiente tenor literal: 1.- Declaración de concurso. Se declara en concurso voluntario de acreedores a la mercantil Actividades De Educación, Cultura y Ocio, S.L. con CIF B82999129 y domicilio social en la Avenida de Europa, 26, edificio Ática 5 - 2ª planta, Pozuelo de Alarcón (28224) Madrid. 2.- Importe del pasivo. De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 2.416.295,52 euros. 3.- Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 LC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano. 4.- Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter. Trascurrido este plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de Administrador/a Concursal, se procederá directamente a la conclusión del concurso, en caso de persona jurídica.

Madrid, 16 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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