Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-J-2025-490804

ZARAGOZA. Edicto de 17 de julio de 2025 en procedimiento concursal número 588/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 175, de 22 de julio de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ZARAGOZA
Referencia:
BOE-J-2025-490804

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Zaragoza

Dirección: Plaza EXPO 6 EDIFICIO VIDAL DE CANELLAS

Localidad: Zaragoza

Código Postal: 50018

Provincia: Zaragoza

Teléfono: 976208296

Correo electrónico: mercantil2zaragoza@justicia.aragon.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 588/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/07/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados no personados en forma en procedimiento S01 588/23-E

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 588/2023-E se ha dictado el 15 de julio de 2025 auto de conclusión del concurso del deudor María Pilar Villuendas Pardo con NIF 29.088.233-H por insuficiencia de masa activa.

Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones. En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena.

Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal conforme a lo prevenido en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Contra el referido auto que acuerda la conclusión no cabe interponer recurso alguno.

Zaragoza, 17 de julio de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA VICTORIA BUIL TORRALBA

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid